Balance por fin de año

 

Al concluir el año, es tarea obligada hacer un balance sobre lo ocurrido en ese lapso de tiempo. Voy a intentar hacer el mío, que se orienta a evaluar lo que es, el área en el que trabajo: La administración de justicia penal en el Paraguay.-

 

Para el efecto, parto de la base de que el sistema penal de un país mide su nivel de eficacia cuando logra contener el progreso del delito y la inseguridad, lo que resultará de un gran número de factores, entre los que se inscriben dos, fundamentales, de trascendencia absoluta sobre los demás: leyes adecuadas y funcionarios eficientes encargados de aplicarlas, tanto en su aspecto preventivo, como en la represión o castigo.-

 

En nuestro país, hemos intentado hacer bien las dos cosas. Aun con las dificultades y limitaciones que se presentaron en su momento, se instaló – hace aproximadamente diez años – un nuevo régimen penal. Se aprobaron y pusieron en vigencia los nuevos Códigos, el Penal y el Procesal Penal, al mismo tiempo que se modificaron las Instituciones encargadas de la aplicación de ellos.-

 

Pero la tarea no concluyó, se detuvo en la modernización de esos Códigos y la adecuación parcial de las estructuras del Poder Judicial, y del Ministerio Público, quedando pendiente la tarea de adecuación del sistema de prevención de delitos. La ley orgánica de la Policía Nacional siguió siendo la misma que se había aprobado para la década anterior, cuando apenas el Paraguay había entrado al régimen de libertades públicas que se inauguraron en 1989.-

 

Jamás se encaró con seriedad un Código Contravencional o de Convivencia Ciudadana, tampoco se organizó la Policía Técnica o Judicial, ni se dictaron las leyes necesarias para lograr una indispensable contención social, tanto en el plano social como económico.-

 

Quedaron pendientes muchas modificaciones y adecuaciones que permitieran que el nuevo sistema funcione eficientemente. No se completaron las reformas, estructurales, legislativas, como tampoco las culturales, y ello permitió la involución.-

 

Los primeros magistrados y fiscales educados para el efecto, con una visión más moderna sobre el rol y la misión que les correspondía, intentaron, al principio y con mucho esfuerzo, adecuarse a las nuevas circunstancias, y sufrieron la derrota.-

 

Algunos se acobardaron frente a las presiones de la prensa y sectores dominantes de la sociedad, que exigían resultados inmediatos que no era posible alcanzar en breve tiempo, otros, funcionales a intereses particulares, permearon las influencias de grupos de presión (económicos, partidarios, etc.) para iniciar una desesperada carrera para lograr ascensos que les permitieran mejorar su condición laboral y sus finanzas. Algunos abandonaron la Magistratura para dedicarse a la actividad privada, llevándose consigo los varios millones que el Estado había gastado en su formación profesional, y finalmente, unos pocos bajaron su perfil, y haciendo concesiones, procuraron, y hasta hoy procuran,  permanecer en sus cargos.-

 

El resultado – de todas formas – es el mismo, la modernización de las leyes no concluyo, la modificación de la estructura quedó varada en el camino y la contracultura anuló el avance de la nueva cultura.-

 

De un sistema penal inquisitivo, que solo tiene la visión de un Estado totalitario, cuyo propósito es nada más que confirmar la hipótesis de la acusación y establecer el castigo, es decir, de una fábrica de culpables, se procuró pasar a un sistema acusatorio, diseñado para que el Estado se dedique a dirimir conflictos individuales en el plano social y sancione a aquellos a quienes –  comprobadamente – hayan violado sus leyes, con el objetivo de lograr el restablecimiento de la paz social. La tarea resultó inconclusa y fracasó.-

 

El Código Procesal Penal, por primera vez, privilegiaba y garantizaba la libertad y la presunción de inocencia, que hasta su puesta en vigencia habían sido nada más que retórica en la Constitución Nacional. Después de mucho tiempo estas dos conquistas de la humanidad, bajaban del texto de la Constitución y se volvían normas operativas del sistema de justicia, y ello daba la sensación de que las cosas finalmente mejorarían.-

 

Del Derecho Penal autoritario al Derecho Penal de la mínima intervención. Del Derecho Penal del autor, al Derecho Penal del acto. Del sistema de castigo anticipado, al de castigo adecuado. Así sucesivamente podemos establecer todas las características de un sistema que se pretendía dejar atrás y de otro que procuraba instalarse.-

 

Que los Agentes Fiscales dirigieran la investigación Policial y los Magistrados Juzgaran su resultado, era el objetivo final del camino, pero en su trayecto, se padecieron graves desviaciones. Se modificó el rumbo, se cambiaron los papeles y en este aspecto, la tarea también fracasó.-

 

Al poco tiempo los Agentes Fiscales asumieron el rol de la Policía, y se fue destiñendo la labor de ambos, sus responsabilidades han llegado a confundirse, al punto que los encontramos en las calles haciendo tareas de prevención y control de automovilistas, en los estadios de futbol, en los actos públicos de concurrencia masiva, en la persecución material de presuntos delincuentes.-

 

El Fiscal abandonó su espacio y sustituyó al Comisario. Alguien debía llenar ese espacio, porque las investigaciones llevadas a cabo por los Agentes Fiscales comenzaron a resultar deficientes y los verdaderos culpables regresaban a las calles. Y como todo espacio vacío tiende a llenarse, los Jueces lo hicieron.-

 

Cuando los Fiscales ocuparon el lugar de la Policía, y el Juez el lugar de aquellos, la Policía quedó desorientada, sin rumbo, pero entendió que la única forma de combatir el delito que tenían era manipular a ambos utilizando a la prensa como instrumento formador de opinión pública.-

 

En eso, tuvieron éxito, pero residualmente lograron un propósito no deseado, la sensación de inseguridad creció y ello provocó que el objeto material del sistema penal mutara. Ya no era perseguir el delito respetando los parámetros de libertad y presunción de inocencia, sino disminuir la sensación de inseguridad que se había instalado.-

 

Para ello, nada mejor que convocar a periodistas a participar de detenciones y allanamientos, presentando a sospechosos como culpables. Solo faltaba completar el circulo, que esos “culpable” se pudrieran en la cárcel hasta que algún Juez convalidara la condena inicial como fruto de esa confusión de roles que lo habían hecho ocupar el espacio que habían dejado los Fiscales, o recordando su condición de “tercero imparcial, impartial e independiente, le devolviera su libertad, a la espera de juicio y eventual condena.-

 

En este último caso, Policías y Fiscales se unían (siguen haciéndolo) para criticar al Juez que dejó libre a alguien que fue “delincuente”, siquiera antes de que fuera sometido a un proceso penal debido, que lo encuentre responsable de los actos que aquellos le endilgaron a través de los medios de comunicación social.-

 

Las cárceles, que al principio registraban una disminución sustancial de procesados sin condena, volvieron a repoblarse de “presuntos inocentes”, con la consabida retroalimentación de la marginalidad.-

 

Todo lo que pretendía superarse con la adopción del nuevo sistema penal, llenando las pocas y precarias instalaciones penitenciarias de presos sin condena, naturalmente saturó el sistema y comenzaron a producirse efectos colaterales. Los procesos penales comenzaron a extinguirse por agotamiento del plazo máximo de su duración, y ello no llamó a la reflexión, sino por el contrario, a la reacción, y en vez de buscar las causas, se dedicaron a combatir las consecuencias.-

 

Con golpes de ciego, operadores de justicia y legisladores, propiciaron e iniciaron el “endurecimiento” la legislación procesal. Se alargaron los plazos de duración máxima de los procesos, acunando y privilegiando la negligencia del Ministerio Público y la mora judicial, frente al derecho de los ciudadanos a un pronunciamiento judicial rápido.-

 

Cuando lo recomendable era la agilización de procesos y el dictado de sentencias sin dilaciones, se optó por una solución diametralmente opuesta.-

 

La reacción espasmódica del Poder Legislativo, impulsado por el Poder Judicial y la opinión publicada por la prensa, inició la hiperinflación legislativa, introduciendo modificaciones al Código Procesal Penal, sin respetar los fundamentos y objetivos que se tuvieron en vista inicialmente.-

 

Cuando lo que correspondía era introducir reformas que contemplaran el “juicio en flagrancia”, para aquellos casos en que no se requiriera ninguna investigación para confirmar la hipótesis delictiva, y se pudieran dictar condenas en plazos reducidos, que no excedieran de unos pocos días o a lo sumo unas cuantas semanas, se extendió el plazo máximo de tres años que estaba establecido en la norma, dejándolo establecido en cuatro, a lo que además había que sumarte (o restarle) todo el que era utilizado por la defensa de los procesados en la tramitación de recursos e incidentes. Es decir, estableciendo castigos procesales al imputado, por el simple hecho de hacer uso de los mecanismos establecidos legalmente para garantizar su defensa en juicio.-

 

Triunfaron la negligencia, la desidia y la morosidad judicial, dejando como saldo el aumento dramático de procesados sin sentencia, la saturación de los Juzgados y Tribunales, y la insatisfacción de las víctimas de los delitos.-

 

De esto nadie habla, nadie siquiera quiere hablar. No se publican las estadísticas que reflejan esta realidad, y que lenta, pero inexorablemente llevaron a que los Jueces deleguen la atención de sus despachos en los Secretarios de Juzgados, y cuando estos se vieron desbordados, en los demás funcionarios de Secretaría.-

 

Las audiencias que deben ser presididas por los Jueces, se debían celebrar nada más que en presencia del Secretario, pero cuando por causa de la gran cantidad de audiencias que debían celebrarse en un mismo día, esos actos ya no contaban con la presencia éste. Resultaba materialmente imposible, y los Secretarios fueron sustituidos por los Dactilógrafos.-

 

Los principios de “oralidad” e “inmediatez” que exigen la presencia del Juez, el conocimiento y contacto de éste con el procesado, su acusador y la víctima, y que reclaman un pronunciamiento judicial rápido, naufragaron.-

 

Se volvió al anterior sistema escritural, en el cual el Juez nunca llegaba a conocer a la persona a quien enviaba a la cárcel, ni a la víctima, que había sufrido las consecuencias del delito.-

 

Nuevamente, el Juez encerrado en su despacho, cuando mucho, debía limitarse a la lectura de las peticiones de los protagonistas del proceso penal, que le arrimaban de un modo distinto. No más mediante escritos preparados por la acusación y la defensa en las oficinas de sus respectivos abogados, sino que los elaborados por un dactilógrafo, que había dedicado más tiempo que el necesario para “copiar” las exposiciones verbales de cada una de las partes intervinientes, con un ritmo cansino y aburrido.-

 

El principio de contradicción pasó de ser el debate desarrollado por las partes ante el Juez, a una parodia de audiencia en la que Fiscal, querellante y defensor, que agotaban las fuerzas físicas del dactilógrafo, dictando pausadamente todos los términos de sus pretensiones, para posteriormente dedicar un tiempo igual o mayor a efectuar las correcciones ortográficas y de sintaxis que se habían deslizado en el Acta, para que el Juez, que posteriormente leyera (si lo hacía) pudiera entender lo que las partes habían expresado o querido expresar.-

 

Todo volvió a su cauce anterior, los Fiscales convalidan las irregularidades perpetradas por la Policía, la mayor de las veces, porque ellos mismos participan y dirigen los procedimientos viciados. Los Jueces, que firman resoluciones preparadas por Secretarios y Dactilógrafos, generalmente utilizando procesadores de texto en computadores, lo cual facilita la labor de “copiar” y “pegar” párrafos completos de otras resoluciones o modelos guardados en los ordenadores, y entonces encontramos en el “considerando” de las decisiones, que se refieren al procesado, como “las encausadas”, o desaciertos de similares características.-

 

A veces una resolución judicial, más que un colage de distintas resoluciones anteriores, son verdaderos “Frankestein”. Pero ello no es más que anécdota cuando éstas deben ser “revisadas” por Tribunales de Apelación o la misma Corte Suprema de Justicia, porque el vicio se reproduce, y en estas instancias, los dactilógrafos se llaman “relatores”, y los Jueces, “Excelencia”.-

 

Si el procesado no es “amigo”, o no tiene un abogado “amigo”, “correligionario”, “hermano”, “compañero de juerga”, “gerente financiero” o de relaciones públicas, encontrará el camino de la justicia plagado de obstáculos e indiferencia.-

 

El mismo panorama le depara el sistema judicial actual a la víctima.-

 

Un sólido entramado de complicidades, encubrimientos, desidia y corrupción, tanto moral como económica, se ha encargado de desplazar al “sistema garantista” inaugurado hace menos de diez años en el Paraguay.-

 

Lo peor de todo es que al avance de la contracultura y acompaña el proceso hiperinflacionario legislativo, modificando disposiciones del Código Penal y Procesal Penal, al punto que hoy el ciudadano común ya no sabe que es delito y que no, y menos aún, que es lo que le depara un proceso judicial en la hipótesis desgraciada de que sea sujeto de aplicación, como víctima o como sospechoso.-

 

La inyección de “sangre nueva” en el más alto Tribunal de la República, mediante la incorporación de dos nuevos Ministros, y la asunción del cargo de Presidente de la Corte Suprema de Justicia de uno de éstos, cuyo curriculum evidencia una dilatada carrera judicial, nos hicieron suponer que todo podría mejorar, pero no fue así, el sistema siguió involucionando. Los nuevos Ministros de la Corte, pusieron en evidencia, durante el año que llevan en el cargo, que no han sido otra cosa que “mas de lo mismo”.-

 

Hasta aquí, mi balance del año. El resultado es negativo, y ello nos obliga a redoblar esfuerzos para mejorar el sistema, y sobre todo exigir a nuestras autoridades (Legislativas, Ejecutivas y Judiciales) que se empeñen en el mismo sentido, de modo tal a que se devuelva al ciudadano sus derechos (al debido proceso penal, a la presunción de inocencia, al reconocimiento de sus derechos ciudadanos, y a contar con jueces imparciales e independientes), con la esperanza que,  al concluir el 2012, los resultados del balance que merecerá, arroje un saldo menos decepcionante.-

 

 

jorge ruben vasconsellos

abogado