La Administración de Justicia derrocha nuestros impuestos

 

Cuando se diseñó el sistema de enjuiciamiento criminal que nos rige actualmente, hace – más  o menos – catorce años, se aprobaron el Código Penal y el Código Procesal Penal, con el propósito de establecer los instrumentos eficaces y necesarios para que el Poder Judicial ocupe sus esfuerzos, y los recursos que la sociedad le provee mediante el pago de sus impuestos, a la investigación, juzgamiento y castigo de quienes viven al margen de las normas de convivencia social.-

 

A tal efecto, se decidió concentrar la acción de la justicia en aquellos hechos relevantes que por la importancia del daño producido, reclamaran castigo, dejando de lado o prescindiendo de la persecución penal de hechos de poca importancia o escasa trascendencia social. Para ello se incorporaron a la legislación el concepto de los “hechos bagatelarios”  (bagatela: Cosa de poca sustancia y valor), dejando a cargo de la víctima su persecución penal “…salvo que, a criterio del Ministerio Público, un interés público especial requiera una persecución de oficio…” (Art. 172, Código Penal).-

 

Se incluyeron – además – otras soluciones, como el “criterio de oportunidad” que autoriza a los Fiscales a prescindir de la persecución penal “…cuando el procedimiento tenga por objeto un delito, que por su insignificancia o por el grado de reproche reducido del autor o partícipe, no genere el interés público en la persecución…” (Art. 19, Código Procesal Penal).-

 

La idea era clara, dejar de lado la pérdida de tiempo y dinero que representa al Estado la persecución de ladrones de gallinas, y ocuparse con todas sus energías y recursos a los grandes delincuentes, a los criminales peligrosos, a los contrabandistas, a los funcionarios corruptos.-

 

La demostración clara de que la idea fracasó y que el sistema judicial sigue persiguiendo ladrones de gallinas, se refleja en un caso que saltó a la luz pública, hace pocos días. Se trata de dos jóvenes que se encuentran en prisión preventiva desde el 10 de enero pasado, imputados por la comisión del hecho punible de hurto en perjuicio de una despensa o autoservicio ubicado en el Barrio Campo Grande de la ciudad de Asunción.-

 

La crónica periodística da cuenta de que los jóvenes se encuentran procesados y privados de su libertad hace casi dos meses, por haber hurtado “…Seis botellas de agua Bes de 500 ml y una caja de jugo Baggio de un litro...”.-

 

Un simple cálculo de costos nos puede llevar a establecer que el valor del perjuicio producido por el hurto es inferior a veinte y cinco mil guaraníes, y ello hace que resulte ofensivo e irracional que el Estado cargue sobre nuestras espaldas los costos que representan los salarios de un Agente Fiscal, de un Juez, y un Defensor Público (cada uno más de catorce millones de guaraníes), sin considerar los salarios de Miembros de Tribunales de Apelación, Secretarios, Ujieres y demás funcionarios que intervienen en el caso, ni desarrollar el cálculo de gastos en papeles, equipos e insumos, servicios básicos y otros, como tampoco el costo que representa para el Estado la mínima alimentación, vigilancia e infraestructura que conlleva el régimen carcelario.-

 

La irresponsabilidad y la falta de compromiso de los operadores de Justicia, con los verdaderos problemas que enfrenta la sociedad, se traduce en el derroche de millones de guaraníes de nuestros impuestos, en recursos materiales y humanos, en la persecución de hechos económicamente irrelevantes, propiciando la impunidad de otros. Los verdaderos delincuentes.-

 

jorge rubén vasconsellos